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Puntos clave
Los trabajadores expuestos por encima de los valores superiores de exposición, es decir, 85 dB(A) de nivel diario o 137 dB(C) de pico, sin contar el efecto de los protectores. También quienes superan los valores inferiores (80 dB(A) o 135 dB(C)) cuando la evaluación de riesgos indica un riesgo para su salud.
Como mínimo, cada tres años en los puestos que superan 85 dB(A) y cada cinco años en los que superan 80 dB(A), según el artículo 11 del Real Decreto 286/2006. El médico del trabajo puede indicar un intervalo más corto según el protocolo y tu caso.
Como norma general, la vigilancia de la salud es voluntaria y necesita tu consentimiento (artículo 22 de la Ley 31/1995), con excepciones que fija la propia ley. Pregunta a tu servicio de prevención cuál es tu situación.
No puede acceder a tus datos médicos sin tu consentimiento expreso. Recibe las conclusiones sobre tu aptitud para el puesto y sobre la necesidad de mejorar las medidas de protección.
La empresa. El artículo 14.5 de la Ley 31/1995 establece que el coste de las medidas de seguridad y salud en el trabajo no debe recaer sobre los trabajadores.
El médico responsable evalúa si puede deberse a la exposición al ruido en el trabajo y te comunica el resultado. La empresa debe revisar la evaluación de riesgos y las medidas de prevención. Un diagnóstico solo lo da un médico.
Una audiometría en el trabajo es un control rutinario, no un examen. Cuando la evaluación de riesgos detecta que el ruido puede afectar a la salud, la empresa debe organizar la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos, y el control de la función auditiva forma parte de ella. El resultado ayuda a comprobar si las medidas contra el ruido y los protectores auditivos del centro de trabajo están cumpliendo su función.
Encontrarás el resto de artículos sobre ruido laboral en nuestra página de tapones para el trabajo.
Lo que más suele preocupar es si se puede «suspender» la prueba, y la respuesta es que no. La audiometría no se aprueba ni se suspende: sirve para comparar tu audición con tus propios controles anteriores y detectar pronto cualquier cambio. Esa vigilancia colectiva existe precisamente para que los cambios se vean a tiempo, mucho antes de que alguien los note en su día a día.
En Bollsen somos una empresa de protección auditiva fundada en 2016 y elegida por más de 1.000.000 de personas, y muchas de las personas citadas a una audiometría ya llevan tapones en cada turno. Nuestra guía de los mejores tapones para el trabajo reúne las opciones para obras, talleres y naves donde se hacen estos controles.
¿Quién tiene derecho a una audiometría en el trabajo?
Tienen derecho a un control audiométrico los trabajadores cuya exposición supera los valores superiores de exposición que dan lugar a una acción, fijados en 85 dB(A) de nivel diario (LAeq,d) o 137 dB(C) de pico. Para decidir si se superan, la medición se hace sin tener en cuenta lo que atenúan los protectores auditivos (artículo 5.2 del Real Decreto 286/2006).
El mismo derecho alcanza a los trabajadores que superan los valores inferiores, 80 dB(A) o 135 dB(C) de pico, siempre que la evaluación y la medición del ruido indiquen que existe un riesgo para su salud. Por eso la evaluación de riesgos de tu puesto es el punto de partida: ahí consta a qué nivel estás expuesto.
Algunas empresas van más allá y ofrecen la prueba a toda la plantilla expuesta a ruido. Es una buena práctica que da una imagen más completa de cómo se gestiona el ruido en el centro, aunque no es lo que exige la norma como mínimo.
¿Qué dicen la Ley 31/1995 y el Real Decreto 286/2006 sobre la vigilancia de la salud?
El artículo 11 del Real Decreto 286/2006 obliga a la empresa a llevar a cabo la vigilancia de la salud cuando la evaluación de riesgos revela un riesgo para los trabajadores, y la lleva a cabo un médico u otra persona cualificada bajo su responsabilidad, a través de la organización preventiva de la empresa. Según el propio texto, su finalidad es el diagnóstico precoz de cualquier pérdida de audición debida al ruido y la preservación de la función auditiva.
El marco general está en el artículo 22 de la Ley 31/1995, que garantiza la vigilancia periódica de la salud en función de los riesgos del puesto. Esa vigilancia solo se hace con tu consentimiento, salvo en los casos que la ley exceptúa, por ejemplo cuando el reconocimiento es imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud. Debe respetar tu intimidad y la confidencialidad de tus datos, y la realiza personal sanitario con competencia acreditada.
En la práctica, la organiza el servicio de prevención de tu empresa, ya sea propio, ajeno o mancomunado, y la realiza su médico del trabajo con los protocolos específicos que prevé el Real Decreto 39/1997. Las exposiciones de 80, 85 y 87 dB(A) y sus implicaciones se explican paso a paso en nuestra guía del Real Decreto 286/2006 sobre ruido.
La vigilancia de la salud es solo una de las obligaciones de la empresa frente al ruido, junto con la evaluación de riesgos, la formación o la entrega de protectores. Todas están recogidas en nuestra guía de las obligaciones de la empresa frente al ruido en el trabajo.
¿Cada cuánto se hace la audiometría en el trabajo?
El artículo 11 del Real Decreto 286/2006 fija la periodicidad mínima de los controles audiométricos: cada tres años en los puestos en los que se superan los valores superiores de exposición (85 dB(A)) y cada cinco años en los que se superan los valores inferiores (80 dB(A)). Es un mínimo, de modo que el médico del trabajo puede indicar controles más frecuentes.
Antes de eso, el artículo 37.3 del Real Decreto 39/1997 prevé una evaluación de la salud inicial después de la incorporación al puesto o tras asignar tareas con nuevos riesgos. En el caso del ruido, ese primer control suele servir de referencia para comparar los siguientes. El contenido y la periodicidad exactos los marcan los protocolos de vigilancia sanitaria específica, así que lo más fiable es preguntar en tu servicio de prevención cuándo te toca.
| Quién | Base legal | Periodicidad mínima | Qué conviene saber |
|---|---|---|---|
| Puestos que superan 85 dB(A) de nivel diario o 137 dB(C) de pico | Artículo 11.2 del Real Decreto 286/2006 | Cada 3 años como mínimo | Control a cargo de un médico o personal cualificado bajo su responsabilidad; el médico puede acortar el intervalo |
| Puestos que superan 80 dB(A) o 135 dB(C) de pico, cuando la evaluación indica riesgo para la salud | Artículo 11.2 del Real Decreto 286/2006 | Cada 5 años como mínimo | Depende de lo que diga la evaluación de riesgos de tu puesto |
| Incorporación al puesto o tareas con nuevos riesgos | Artículo 37.3 del Real Decreto 39/1997 | Evaluación de la salud inicial | Suele servir de referencia para los controles posteriores |
| Trabajador cuya audiometría muestra un cambio | Artículo 11.4 del Real Decreto 286/2006 | Según indique el médico responsable | La empresa revisa la evaluación de riesgos y las medidas de prevención |

¿Cómo es una audiometría en el trabajo?
Lo habitual es una audiometría tonal: un profesional sanitario te reproduce tonos por unos auriculares, en una sala silenciosa o en una cabina, y anota el sonido más bajo que oyes en cada frecuencia, de graves a agudos. Pulsas un botón o levantas la mano cada vez que percibes un tono.
Suele empezar con un breve cuestionario sobre tu historial de ruido, problemas de oído anteriores y aficiones ruidosas como la música en directo o el tiro. Después se te mira el oído con un otoscopio para descartar un tapón de cera que altere la medición.
Es posible que te pidan no exponerte a ruido intenso durante un tiempo antes de la prueba. Así se mide tu audición de base y no el descenso pasajero que puede quedar tras un turno ruidoso, lo que en audiología se conoce como desplazamiento temporal del umbral. Tu servicio de prevención te indicará las condiciones concretas.
¿Quién ve los resultados y qué datos conserva la empresa?
Tus datos médicos son confidenciales. El artículo 22.4 de la Ley 31/1995 limita el acceso a la información médica de carácter personal al personal médico y a las autoridades sanitarias, y no puede facilitarse a la empresa sin tu consentimiento expreso. Lo que sí recibe la empresa son las conclusiones sobre tu aptitud para el puesto y sobre la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, que normalmente se expresan con fórmulas como apto o apto con limitaciones. Los datos no pueden usarse con fines discriminatorios ni en tu perjuicio.
La vigilancia de la salud incluye una historia clínico-laboral, que se elabora y actualiza para cada trabajador sujeto a ella. El artículo 11.3 del Real Decreto 286/2006 reconoce que puedes acceder, previa solicitud, al historial que te afecta personalmente. Los resultados de la vigilancia deben comunicarse a los trabajadores afectados.
¿Qué ocurre si la prueba muestra un cambio?
Si el control de la función auditiva pone de manifiesto una lesión auditiva diagnosticable, el médico responsable de la vigilancia de la salud evalúa si puede ser consecuencia de la exposición al ruido en el trabajo, y el personal sanitario te comunica el resultado que te atañe. Con esa información, la empresa debe revisar la evaluación de riesgos y las medidas previstas para eliminar o reducir el riesgo (artículo 11.4 del Real Decreto 286/2006).
La empresa también debe tener en cuenta las recomendaciones del médico, incluida la posibilidad de asignarte otro trabajo donde no exista riesgo de exposición, y disponer una vigilancia sistemática de la salud de los demás trabajadores con una exposición similar. Que aparezca un cambio dice tanto del puesto como de la persona: puede señalar que una máquina hace más ruido, que falta una herramienta más silenciosa o que los protectores no se están colocando bien.
Los cambios por ruido suelen aparecer despacio y sin dolor, por eso se vigilan con pruebas periódicas. Si notas pitidos o sonidos amortiguados después de un turno, coméntalo con el médico del trabajo, o con tu médico de familia, sin esperar a la siguiente revisión. Un diagnóstico solo lo puede dar un médico.
¿En qué se diferencia de una prueba de audición de la sanidad pública?
La audiometría laboral es vigilancia de la salud organizada por la empresa para controlar el riesgo de ruido en el puesto, mientras que una consulta de audición en la sanidad pública es una valoración clínica a la que puedes acceder a través de tu médico de familia. Una cosa no excluye la otra: que te hagan la prueba en el trabajo no te quita el derecho a consultar a tu médico.
La técnica puede parecerse, pero la finalidad es distinta. Si tienes dudas sobre tu audición, habla con tu médico de familia o con el médico del trabajo. Si pierdes audición de forma brusca en uno o en los dos oídos, acude a urgencias o llama al 112, porque necesita atención médica inmediata. Para ampliar sobre el ruido y la salud en el trabajo, puedes consultar la página del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST).
¿Qué puedes hacer entre una audiometría y la siguiente?
Entre controles, lo que mantiene comparables tus resultados es una protección constante: úsala siempre que entres en una zona de protección auditiva de 85 dB(A) o más, colócala bien y no te la quites mientras dure la exposición. Los huecos cortos suman, porque cada subida de 3 dB duplica la energía sonora que llega al oído.
Cuánto suman los minutos sin protección en la dosis diaria de ruido lo explicamos en nuestra guía sobre qué pasa si no llevas protección auditiva en el trabajo. La otra mitad de la rutina es el ajuste, y nuestra guía paso a paso para colocar los tapones y comprobar el ajuste enseña cómo hacerlo con tapones de espuma y reutilizables.
Si buscas una opción reutilizable, los tapones WorkPRO tienen un perfil bajo que permite colocar unas orejeras encima. Nuestros tapones WorkPRO (SNR 24 dB, 29,95 €) son tapones pasivos de silicona hipoalergénica ensayados según la norma UNE-EN 352-2, con valores H 24 / M 21 / L 19 y hasta 100 usos, y la atenuación aumenta con la frecuencia. Una alarma sigue oyéndose porque es fuerte, no porque un filtro la deje pasar. Incluyen garantía de devolución de 40 días.
Los tapones reducen el nivel de ruido que llega al oído, pero no sustituyen a las medidas de la empresa ni a los controles de la vigilancia de la salud. Si tienes dudas sobre tu situación, plantéalas al servicio de prevención o al médico del trabajo.
Una audiometría en el trabajo es una parte rutinaria de trabajar con ruido: un control cada tres o cinco años como mínimo según el nivel del puesto, con tus datos médicos confidenciales y los resultados usados como referencia, no como nota. Si tu trabajo llega a 85 dB(A) y no sabes cuándo te toca, pregunta a tu servicio de prevención o a tu delegado de prevención.
Entre una revisión y otra, la parte que depende de ti es el hábito diario de usar la protección bien colocada en cada tarea ruidosa. Esos pequeños gestos en cada turno son los que hacen que la comparación con tu control de referencia siga siendo útil año tras año.
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